jueves, 16 de julio de 2015

CRONOGRAMA DE NOVEDADES


Todas las novedades deben cumplir con el trámite administrativo previamente establecido por parte de la organización, a través de los formatos correspondientes y atendiendo a un cronograma preestablecido.

Ejemplo de Cronograma Cierre de Novedades de Nómina Año 2010.
Ejemplo:
Fecha Cierre
Enero 20 de 2010
Febrero 12 de 2010
Marzo 12 de 2010
Abril 13 de 2010
Mayo 12 de 2010
Junio 11 de 2010
Julio 12 de 2010
Agosto 12 de 2010
Septiembre 10 de 2010
Octubre 12 de 2010
Noviembre 12 de 2010
Diciembre 06 de 2010
Enero 18 de 2011
















 CLASES DE NOVEDADES


·         Registro novedades de incapacidad.
·         Registro novedades de vacaciones.
·         Registro novedades de licencia.
·         Registro novedades de cesantías.
·         Registro novedades de préstamos.
·         Registro novedades de embargos.
·         Registro novedades de ahorros.
·         Registro novedades acumulables.
·         Registro novedades de anticipo de primas.

  PACTOS COLECTIVOS Y CONVENCIONALES DE TRABAJADORES 

6.1 Pactos colectivos.


En el artículo 481. Modificado. Articulo. 69. Ley 50 de 1990. (C.S.T). Celebraciones y efectos. Los pactos entre empleadores y trabajadores no sindicalizados se rigen por las disposiciones establecidas en los títulos II Y III, capítulo I parte segunda del código sustantivo del trabajo, pero solamente son aplicables a quienes lo hayan suscrito o adhieran posteriormente a ellos.

6.2 Convenciones colectivas.


          Según el artículo 467 (C.S.T) convención colectiva de trabajo es la que se celebra entre uno o varios empleadores o asociaciones patronales, por parte, y uno o varios sindicatos o federaciones sindicales de trabajadores, por la otra, para fijar las condiciones que regirán los contratos de trabajo durante su vigencia.

PAGOS QUE NO CONSTITUYEN SALARIO



 HORAS EXTRAS RECARGOS NOCTURNOS
(normatividad)

Artículo 9. Trabajo ordinario y nocturno. Artículo 25 Ley 789/02 que modificó el artículo 160 del Código Sustantivo de Trabajo quedará así: 1. Trabajo ordinario es el que se realiza entre las seis horas (6:00 a.m.) y las veintidós horas (10:00 p.m.). 2. Trabajo nocturno es el comprendido entre las veintidós horas (10:00 p.m.) y las seis horas (6:00 a.m.).

PRESTACIONES EXTRALEGALES

Registra las sumas adeudadas por el ente económico a sus trabajadores por concepto de prestaciones extralegales, es decir, de aquellas originadas en pactos colectivos o convenciones de trabajo.

 Capitulo V. Artículo 236. Modificado Artículo 1. Ley 1468 de 2001. (C.S.T) Toda trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de catorce (14) semana en la época del parto, remunerada con el salario que devengue al entrar a disfrutar del descanso.

Elaborado por: Geraldine Duque Muñoz


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